El “acceso a los recursos genéticos” y “la participación justa y equitativa de los beneficios que provienen de su utilización” han atribulado las trece Conferencias de las Partes del Convenio de las Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica(CDB), que entró en vigor en 1993. La expresión entre comillas se conoce por sus siglas en inglés como “ABS”. Es el tercer objetivo del Convenio, entrelazado con los primeros dos, que son la conservación y el uso sostenible. A pesar de 25 años de esfuerzos y una bioeconomía de casi un trillón de dólares, pocos son los contratos de acceso que han sido celebrados. De esos pocos, los beneficios monetarios son tan bajos que las partes contratantes (y otros actores) son reacias a divulgarlos, bajo la excusa de “confidencialidad por sensibilidades comerciales”. La ley brasileña de ABS de 2015, que entró en vigor el 6 de noviembre de 2017 por ejemplo, permite que las regalías de las ventas netas sean tan bajas como la décima parte de uno por ciento. En palabras de un erudito jurista, los Usuarios pagan “una miseria por la biodiversidad”.